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21 de noviembre de 2024

Las reformas del adiós

Por: Onel Ortiz @onelortiz

Ninguna de las 18 reformas constitucionales que Andrés Manuel López Obrador envió a la Cámara de Diputados vio la luz, que digo la luz, ni si quiera llegaron al pleno. Cumplieron el propósito de fijar agenda y fueron a la congeladora a dormir el sueño de los justos.

Las que sí vieron la luz fueron tres refomas relacionadas con las pensiones, el amparo y la amnistía, con las cuales termina esta legislatura.

Fondo de Pensiones para el Bienestar

El sistema de pensiones en México es un monstruo de mil cabezas. Desde las reformas al sistema de pensiones del IMSS en 1997 y del ISSSTE en 2007, hasta las altas comisiones que cobran las afores y las continuas crisis económicas, hemos visto como el sueño de una vejez digna para los trabajadores se ha desvanecido.

La corrupción, la pauperización del trabajo y la falta de responsabilidad política han llevado a que las primeras generaciones de jubilados con la reforma de 1997 reciban pensiones de miseria, que apenas alcanzan entre el 30% y el 40% de su último salario reportado. Esto es inaceptable.

Además, debemos recordar el caso lamentable de 2002, cuando el gobierno de Vicente Fox decidió disponer de depósitos cercanos a los 20 mil millones de pesos destinados a las cuentas del SAR-IMSS 92. Estos recursos, que pertenecían a los trabajadores, fueron desviados para otros fines, dejando a miles en una situación de desamparo económico.

Frente a esta realidad, tenemos la oportunidad de cambiar el rumbo. El gobierno de Andrés Manuel López Obrador ha impulsado una reforma al sistema de pensiones en 2020, que permitirá pensiones de alrededor del 60% del salario final. Sin embargo,  no es suficiente.

En este contexto Morena presentó una iniciativa para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Este fondo tiene como objetivo primordial garantizar una vejez digna y tranquila para todos los ciudadanos mexicanos, especialmente aquellos que enfrentan situaciones de vulnerabilidad económica.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el Banco de México actuando como fiduciario, y tendrá como objetivo principal asegurar la imprescriptibilidad de los ahorros en cuentas individuales para el retiro de los trabajadores.

Esto significa que los recursos acumulados en las cuentas individuales de retiro y de vivienda no podrán ser objeto de pérdida, caducidad o prescripción. Además, la iniciativa busca fortalecer el derecho de información de los trabajadores respecto del nivel de ahorro que se refleja en los estados de cuenta emitidos por las AFORE.

No se trata de una expropiación como han intentado presaentarla la oposición y sus voceros. La propia asociación de afores han manifestado una opinión favorable a la creación de este Fondo.

Reforma a la Ley de Amparo

La suspensión en el juicio de amparo ha sido un pilar del sistema judicial mexicano desde sus orígenes en la Ley Orgánica de Amparo de 1861. Esta medida cautelar se ha utilizado para detener temporalmente los efectos de actos de autoridad o leyes que afecten los derechos de las personas, hasta que se resuelva el fondo del asunto. Sin embargo, en los últimos años, se ha observado un uso excesivo y a veces arbitrario de la suspensión, lo que ha generado preocupación en cuanto a su congruencia con los principios constitucionales y la separación de poderes.

Es fundamental considerar que el juicio de amparo debe utilizarse como un medio de defensa personal para salvaguardar las garantías individuales y no como un mecanismo para detener la aplicación de leyes en beneficio de intereses privados. La protección de los más vulnerables requiere un enfoque colectivo que priorice el bien público sobre los derechos individuales.

La reforma al juicio de amparo es un tema que merece una amplia discusión nacional para garantizar que se respeten los principios constitucionales, se fortalezca el Estado de derecho y se promueva un país más justo y equitativo para todos sus ciudadanos.

Ley de Amnistía

En el marco de una sociedad que aún lidia con los estragos de su pasado, la propuesta de reforma que adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía representa un paso crucial hacia la búsqueda de la verdad y la justicia en casos de relevancia para el Estado mexicano.

La necesidad de esta iniciativa surge ante la posibilidad de que existan individuos con información valiosa y verificable que pueda contribuir al esclarecimiento de eventos históricos dolorosos. Es esencial destacar que la ley de amnistía actual contempla excepciones en función del tipo de delito, y su extensión en casos específicos es fundamental para ampliar su efectividad y alcanzar su objetivo principal.

Esta reforma pretende convertirse en una herramienta útil en la búsqueda de la verdad, permitiendo que el Ejecutivo Federal otorgue el beneficio de la amnistía a aquellos que brinden información sustancial para este propósito. Este enfoque podría incentivar a individuos con conocimiento relevante a salir del anonimato y contribuir a la construcción de un relato histórico más completo y preciso.

La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) ha establecido principios fundamentales respecto al derecho a la verdad y la búsqueda de justicia en casos de graves violaciones a los derechos humanos. La CIDH enfatiza que el acceso a la información es crucial para el proceso de esclarecimiento y la protección judicial de las víctimas. Asimismo, destaca que las leyes de amnistía que impiden el acceso a la información y obstaculizan las investigaciones son incompatibles con el derecho a la protección judicial, tal como lo establece la Convención Americana.

La CIDH reconoce la necesidad de reconciliación nacional en algunos contextos, pero advierte que las leyes de amnistía no deben dejar impunes graves violaciones a los derechos humanos. Su posición es clara: las amnistías deben limitarse a delitos políticos o conexos que no constituyan graves violaciones de derechos humanos según las normas internacionales. La aplicación de leyes de amnistía que protegen a perpetradores de violaciones graves mina la obligación de los Estados de garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos.

Morena, en su análisis sobre la propuesta de reforma, coincide con la postura de la CIDH respecto a las leyes de amnistía. Señala que estas leyes pueden dejar desprotegidas a las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos y limitar su acceso a la justicia, lo cual contradice los principios de la Convención Americana. La aplicación de leyes de amnistía que garantizan impunidad a los responsables de tales violaciones socava los esfuerzos por asegurar el respeto y la protección de los derechos humanos.

La iniciativa de reforma que adiciona un artículo 9 a la Ley de Amnistía representa un paso importante hacia la búsqueda de la verdad y la justicia en casos relevantes para el Estado mexicano. Sin embargo, es crucial que esta reforma se diseñe cuidadosamente para garantizar que no se perpetúe la impunidad en casos de graves violaciones a los derechos humanos. Eso pienso yo, ¿usted qué opina? La política es de bronce.

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