TEPJF confirmó el acuerdo del INE en el que se prohíbe difusión de “acordeones”

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo aprobado por el Instituto Nacional Electoral (INE) donde se prohíbe la difusión de “acordeones” que busquen inducir el voto en la elección judicial del domingo.

Durante una sesión privada celebrada por la noche del viernes, la Sala Superior del TEPJF avaló por unanimidad el proyecto de sentencia presentado por el magistrado Felipe Fuentes.

Dicha sentencia declaró infundados los agravios presentados por al menos cinco personas que impugnaron ante la Sala Superior.

Se indicó que en el análisis del caso, el magistrado Fuentes precisó que la prohibición dictada por el INE únicamente se refiere a la de “elaborar y difundir los materiales denominados ‘acordeones’ con la finalidad de darlos a conocer a la ciudadanía” y no así, la de llevar escritos propios de apoyo para el voto individual.

Ante esto, la sentencia dictada declaró infundados los agravios de los inconformes que alegaron que la medida cautelar dictada en tutela preventiva por el Consejo General “les impide poder auxiliarse de algún instrumento o guía propia para la emisión de los sufragios”.

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