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28 de septiembre de 2024

Jueza ordena eliminar publicación de la reforma judicial en el DOF

Nancy Juárez Salas, Jueza Décimo Noveno de Distrito con residencia en Veracruz, concedió la suspensión definitiva en el amparo que trabajadores del Poder Judicial de la Federación (PJF) tramitaron contra el proceso de discusión y aprobación, así como la promulgación de la declaratoria de reforma al Poder Judicial impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, con ello ordenó eliminar la publicación de la reforma judicial que se realizó el pasado 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En su sentencia, Juárez Salas afirmó que de concretarse los efectos de la reforma, “haría materialmente imposible reparar a las quejosas del daño ocasionado”.

“En el caso, se considera que de otorgar la medida, no se afecta el interés social ni disposiciones de orden público, en atención a que si bien la sociedad está interesada en que los procedimientos legislativos no se detengan… Lo cierto es que también existe un especial interés en que los procesos que se realicen para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se apeguen a los estándares respecto a los de derechos humanos y mantengan las bases fundamentales que sostengan los principios de una norma de esta naturaleza”, indica.

Así mismo, comentó “de ahí que por el contrario, si no se concediera la suspensión de los actos, se corre el grave riesgo de que la independencia judicial como valor íntegro de un estado de derecho, se erosione en perjuicio de las quejosas”.

“En suma, la independencia judicial y un sistema de justicia libre de coacciones es una garantía para la sociedad…Todas las instituciones gubernamentales y de otra índole respetarán y acatarán la independencia de la judicatura”, señaló Juáres Salas.

La jueza destacó que si bien el decretó ya se publicó en el DOF, no basta ese hecho para negar la medida cautelar, sino valorar la apariencia del buen derecho y el interés social, con el fin de restablecer a las quejosas en el goce de su derecho, siempre y cuando no exista impedimento jurídico o material para ello.

La juzgadora aclaró que esta resolución la emitió de “manera independiente y en cumplimiento a la efectiva división de poderes”, toda vez que tanto el Poder Ejecutivo como quien dirige el DOF no rindieron sus informes previos, a pesar de que los notificaron.

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