La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, a unas horas de inciar el proceso electoral, por mayoría de votos, la sentencia dictada por la Sala Regional Ciudad de México que validó la candidatura a la presidencia municipal de Puente de Ixtla presentada por “Movimiento Progresista” en Puente de Ixtla, Morelos, de Julio Espín Navarrete.
Se indicó que su registro fue invalidado por estar inscrito en el padrón de personas alimentarias morosas.