SCJN avala alimentos con cannabis para autoconsumo; mantiene restricciones de seguridad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por mayoría de siete votos contra dos, que los permisos para consumo recreativo de cannabis pueden incluir la preparación de alimentos para autoconsumo, como brownies o galletas. Con esta decisión, el máximo tribunal ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) expedir una autorización que contemple expresamente esta práctica.

El proyecto, presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, considera que la preparación de alimentos con cannabis para uso personal no modifica la naturaleza jurídica de estos productos ni justifica, por sí sola, un régimen sanitario especializado. La resolución deriva de un recurso promovido por una persona que consideró excesivas las limitaciones impuestas en el permiso que obtuvo tras un litigio.

La Corte determinó que Cofepris excedió los alcances de la regulación al prohibir la elaboración de alimentos con cannabis destinados al autoconsumo. Sin embargo, mantuvo restricciones relacionadas con la incorporación de estas sustancias en medicamentos, remedios herbolarios y otros productos, así como su uso en cigarrillos electrónicos, vaporizadores y dispositivos similares.

Asimismo, permanecen vigentes las prohibiciones para consumir cannabis en perjuicio de terceras personas, frente a niñas, niños y adolescentes, en espacios públicos sin consentimiento, así como al conducir vehículos u operar maquinaria considerada de riesgo.

Durante la discusión, las ministras María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa votaron en contra. Esquivel advirtió que los alimentos preparados con cannabis podrían representar riesgos para la salud y ser ingeridos accidentalmente por terceras personas, especialmente menores de edad.

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