La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) reiteró que Uber México Technology & Software, S.A. de C.V. no cuenta con autorización para prestar servicios de transporte dentro del polígono del Aeropuerto de la Ciudad de México ni en otros aeropuertos del país, y precisó que las resoluciones judiciales vigentes no otorgan permiso para operar en dichas zonas federales.
La dependencia explicó que el 15 de julio de 2025, la empresa promovió un juicio de amparo ante el Juzgado Décimo Tercero de Distrito, en contra de los operativos de la Guardia Nacional y de disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. El juzgador concedió una suspensión definitiva, únicamente para evitar detenciones arbitrarias o discriminatorias de vehículos de aplicación, sin que ello implique dejar de cumplir con la normatividad que regula el autotransporte federal.
La SICT subrayó que dicha suspensión no limita a la autoridad para levantar infracciones, siempre que estas se realicen conforme a la ley, y aclaró que no existe permiso federal que autorice a Uber a recoger o dejar pasajeros en aeropuertos del país, los cuales son zonas bajo jurisdicción federal.
Finalmente, la Secretaría recomendó a las y los usuarios utilizar servicios de transporte autorizados, como taxis concesionados, autobuses y transporte turístico regulado, para garantizar seguridad y apego a la legalidad en las terminales aéreas






