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19 de septiembre de 2024

¡12 días de descanso a trabajadores! SCJN aprueba reforma

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la reforma a la Ley Federal del Trabajo, publicada el 27 de diciembre de 2022, que incrementó a doce días el período anual mínimo de vacaciones para los trabajadores que tengan más de un año de servicio, cumple con los requisitos de fundamentación y motivación propios de un acto legislativo y no viola el principio de irretroactividad de la ley.

La Segunda Sala sostuvo que con esta reforma se busca generar mejores condiciones para la salud de los trabajadores, el ejercicio de sus derechos a la recreación y a la cultura, fomentar la convivencia familiar, entre otros fines correlacionados. De esta manera, la reforma cumple con los requisitos de fundamentación y motivación, tratándose de actos legislativos.

Asimismo, consideró que la reforma no viola el principio de irretroactividad de la ley porque no se desconoce algún derecho adquirido ni se modifican consecuencias jurídicas determinadas conforme a la legislación anterior que no puedan ser alteradas. Esto, tomando en cuenta que el patrón no tiene derecho a que el periodo de vacaciones pactado en un contrato de trabajo permanezca inamovible, sino que tales contratos están sujetos a revisión y, necesariamente, deben observar las normas que establecen un mínimo de derechos en favor de la clase trabajadora.

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