Esta mañana, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres, presentó una iniciativa al Congreso de la CDMX en la que busca reformar el Código Penal, y agregar un capítulo y un artículo sobre un tema específico: la corrupción inmobiliaria.
Martí Batres indicó que con esta iniciativa se advierte sobre uns problemática que está presente cada vez más y la sociedad reclama su atención con diversos instrumentos y uno de ellos tiene que ser el Código Penal.
“Nosotros tenemos que atacar fenómenos que se van presentando en la sociedad, particularmente en las sociedades urbanas; y uno de esos fenómenos que han sido denunciados intensamente por la ciudadanía cuando visitamos una colonia o cuando visitamos un territorio, es el de la corrupción inmobiliaria”, dijo.
El mandatario de la CDMX insisto en que el caso de la corrupción inmobiliaria “es una situación de enriquecimiento ilícito, de enriquecimiento mal habido; es un fenómeno que permite que altos funcionarios puedan amasar grandes fortunas a partir de los permisos indebidos que otorgan para que se construyan niveles excedentes, a partir de un intercambio donde el funcionario otorga los permisos y obtiene dinero, obtiene departamentos a cambio de esos permisos indebidos”.
Asimismo, indicó que debido a este tipo de corrupción hay diversos efectos negativos como el encarecimiento de la vivienda, el impacto del agua y el de Protección Civil en la Ciudad de México.
En su discurso, Batres realizó un reconocimiento a la fiscal Ernestina Godoy Ramos por el trabajo que realizó para enfrentar a los grupos políticos que hicieron de la corrupción inmobiliaria un gran negocio.
Por su parte, el secretario de Gobierno Ricardo Ruiz indicó que esta iniciativa con Proyecto de Decreto consiste en incluir primero un capítulo específico que se denomina así “Capítulo 15. Corrupción Inmobiliaria” e incorporar un artículo específico que nos dice: “Comete el delito de corrupción inmobiliaria, el servidor público que permita por acción, por omisión o tolere la construcción de inmuebles o la construcción de pisos adicionales a los autorizados sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley”.
Se señala: “La sanción por las conductas descritas en este artículo será de 10 a 20 años de prisión, con independencia de otras sanciones que correspondan a otros tipos penales”.
También: “Se agravarán en una mitad más las penas descritas en este artículo cuando se obtenga algún beneficio económico, ya sea en efectivo o en especie”.