La Secretaría de Energía informó que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación dos nuevas normas para el transporte del gas LP: NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025, con el propósito de fortalecer la regulación y seguridad en el transporte de este producto.
Luz Elena González indicó que ambas normas complementarán la regulación de las normas actuales y tendrán más especificaciones para las actividades de distribución y su transporte.
Las dos nuevas normas se obligarán pruebas de seguridad, incluidas pruebas de presión hidrostática de todos los vehículos.
También señalan que los conductores deberán estar capacitados en manejo y seguridad industrial.
Los vehículos deberán contar con gobernador de velocidad y GPS obligatorios.
A las empresas se les dará un plazo de cuatro meses para su cumplimiento.
Además, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte, la Comisión Nacional de Energía y la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente serán los organismos que realizarán inspecciones conjuntas en las plantas de distribución para revisar: condiciones físico-mecánicas de la unidades, condiciones y elementos de seguridad de los contenedores, vigencia de los permisos, registro del padrón vehicular y las evidencias de cumplimiento de obligaciones de las NOMs aplicables.






