Martha Eugenia Magaña López, la jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos, otorgó una suspensión que impide la discusión del dictamen de la reforma al Poder Judicial en el pleno de la Cámara de Diputados, programada para el inicio de la nueva legislatura, el 1 de septiembre.
Dicha resolución emitida por la jueza se debe a la preocupación por la vulnerabilidad en la que la reforma dejaría a los trabajadores de la carrera ministerial.
De acuedo a la jueza, los trabajadores podrían quedar en estado de indefensión, sin posibilidad de ser restituidos en su empleo, cargo o comisión, lo que implicaría la pérdida del goce de sus derechos.
La suspensión fue otorgada con carácter de urgencia, “si a los quejosos se les pretende cesar de sus cargos de Jueces federales sin derecho de audiencia y sin derecho a indemnización alguna, bastando para ello reformar el texto de la Constitución, es claro que la suspensión debe otorgarse para efecto de que el acto que reclaman no se formalice en la norma suprema, pues de hacerse, seria inatacable”, indicó la jueza en la suspensión.
Asimismo, la resolución de la Jueza de Distrito señala que “resulta procedente conceder la suspensión de oficio respecto de los efectos y consecuencias de los actos reclamados, a fin de que las autoridades responsables que constituyen en el Congreso de la Unión, continúen con el proceso legislativo y en caso de la eventual aprobación del decreto de reforma constitucional, se abstengan de enviarlo a las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México para la aprobación correspondiente; hasta en tanto, se resuelva la suspensión definitiva”.
La suspensión de oficio, concedida en respuesta a una queja, establece que el proyecto de dictamen, que reforma, adiciona y deroga varios artículos de la Constitución Federal (específicamente los artículos 17, 20, 76, 89, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 105, 107, 110, 111, 113, 116 y 122), y que fue aprobado el 26 de agosto de 2024 por la Comisión de Puntos Constitucionales, no surtirá efectos para los quejosos. Esto implica que dicho proyecto no podrá ser discutido ni votado en la Cámara de Diputados durante la nueva legislatura.
“En consecuencia, como quedó establecido en páginas anteriores, resulta procedente conceder la suspensión de oficio respecto de los efectos y consecuencias de los actos reclamados, a fin de que las autoridades responsables que constituyen el Congreso de la Unión; esto es, Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, en el ámbito de sus respectivas competencias, continúen con el proceso legislativo y en el caso de la eventual aprobación del decreto de reforma constitucional que constituye la raíz del acto reclamado, se abstengan de enviarlo a las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México para la aprobación correspondiente; hasta en tanto, se resuelva la suspensión definitiva”, indica la resolución.
Por lo anterior, la jueza requirió a las autoridades responsables que informen en un plazo de 24 horas sobre el cumplimiento de la suspensión, advirtiendo que cualquier pretexto basado en trámites administrativos, será considerado una evasiva.