El Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación emitió un acuerdo mediante el cual rechaza la competencia del Juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México para imponer medidas cautelares sobre el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 969/2024, toda vez que se considera que la integración del pleno de este órgano jurisdiccional es materia electoral y con ello se viola la Constitución.
Por ello, a través de un mensaje en redes sociales, Luisa María Alcalde, secretaria de Gobernación, aseguró que el TEPJF hizo “muy bien” al defender su autonomía y su mandato Constitucional como máxima autoridad en materia electoral.
“El día de hoy solicitaremos su juicio político por violar la Constitución. Es evidente que actúa por consigna”, comentó en su plataforma X.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio a conocer a través de un comunicado que emitió un acuerdo mediante el cual rechazó la competencia del Juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México para imponer medidas cautelares dentro del incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 969/2024, toda vez que se considera que la integración del pleno de este órgano jurisdiccional es materia electoral.
Asimismo, en la sesión convocada por la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, y en la que participaron las cinco magistraturas, dicho órgano estimó que las medidas anunciadas por el Juez de Distrito son injustificadas y excesivas.
Derivado de este encuentro, el Tribunal Electoral acordó no dar trámite a este resolutivo y denunciar penalmente al Juez Noveno de Distrito ante la Fiscalía General de la República, además de presentar una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal.
El TEPJF rechazó de manera categórica el infundado actuar del referido Juez de Distrito al pretender imponer, por encima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la ley orgánica y el propio reglamento, las determinaciones que, para el adecuado funcionamiento de este órgano, competencialmente atañen exclusivamente a la Sala Superior.
Este órgano jurisdiccional se conduce en estricto apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanan y, con estas acciones, refrenda su compromiso institucional ante los mexicanos. En el artículo 99 de la Carta Magna se define a este Tribunal como la máxima autoridad judicial en materia electoral.